La Justicia ha vuelto a condenar a la Diputación Provincial de Toledo, en este caso por una resolución del presidente socialista, Álvaro Gutiérrez, que el juzgado ha estimado que “no es conforme a derecho”, declarando su anulación y la condena en costas de la Institución Provincial, obligándole además a repetir el Pleno en el que Gutiérrez no quiso admitir una enmienda del Grupo Popular referida a la forma de reparto de subvenciones entre los municipios de la provincia.
Ha sido el Juzgado Contencioso Administrativo número 1 de Toledo el que ha dictado esta sentencia, por la que de nuevo se falla en contra de las decisiones de la Diputación de Toledo, concretamente se falla en contra de la decisión de Gutiérrez, de no admitir la Enmienda Parcial de Adicción presentada por el Grupo Popular de la Diputación de Toledo, respecto a la propuesta de aprobación de un expediente de modificación de créditos extraordinarios, durante el Pleno del 3 junio de 2016.
La propuesta del PP buscaba garantizar el reparto equitativo de los fondos y evitar el actual reparto partidista y sectario del Equipo de Gobierno del PSOE, para lo que proponía adicionar al texto un segundo apartado, que recogiera textualmente que el crédito extraordinario para el “Programa de Inversiones Municipales financieras sostenibles, por un importe de 3.312.560 euros, se distribuirá entre las subvenciones que legalmente soliciten los distintos municipios conforme a los mismos porcentajes últimamente acordados por la Corporación Provincial para el Plan Provincial de Cooperación de las obras y servicios, competencia municipal correspondiente a la anualidad 2016”.
Una vez comenzado el debate de la enmienda, y para evitar que se aprobase, el presidente de la Diputación no la admitió y ni siquiera la sometió a votación, pese a que los grupos Izquierda Unida y Ciudadanos no se posicionaron en contra de dicha inclusión, llegando incluso a decir el portavoz de IU, según consta en la sentencia, que “si me gustaría que tuviésemos un compromiso de este propio Pleno para tratar el reparto de estos planes”, mientras Ciudadanos señalaba que aprobaba la modificación de créditos a la espera de una “propuesta del equipo de gobierno en el reparto para que sea equitativo y justo”.
Es esta decisión del presidente socialista de la Diputación de Toledo, de no admitir la enmienda del PP, la que el Juzgado declara que no es conforme a derecho y, por tanto, la anula y ordena la retroacción del procedimiento, para que se proceda a una nueva Convocatoria del Pleno para la aprobación de la modificación del presupuesto, a fin de que se admita a trámite, se debata y se someta a votación la enmienda formulada.
La sentencia recoge que el hecho de que Gutiérrez no admitiese que ni siquiera se votase la enmienda del Grupo Popular, produjo “indefensión a los recurrentes, que vieron como quedaba excluida de la votación –que es el objeto de cualquier enmienda- con clara vulneración del derecho de todos los eventuales votantes a participar en los asuntos públicos, por la vía de inadmitir e impedir, en consecuencia, la votación sobre una enmienda propiamente dicha y presentada de acuerdo al procedimiento establecido”.
Desde el Grupo Popular de la Diputación de Toledo han lamentado que ya no sorprenden este tipo de actitudes del presidente socialista de la Institución Provincial, porque últimamente hemos visto como las mociones presentadas por el PP para votar en Pleno eran transformadas en Ruegos, para no proceder igualmente a su votación. Unas actitudes que ahora censura la justicia, en una nueva sentencia que quita la razón al Gobierno de la Diputación de Toledo y a su forma de actuar en la Institución.
• El juzgado estima que la decisión del presidente de la Diputación de no admitir ni someter a votación una enmienda del PP, “no es conforme a derecho”, declarando su anulación y la condena en costas de la Institución Provincial
• La propuesta del PP buscaba garantizar el reparto equitativo de los fondos y evitar el actual reparto partidista y sectario del Equipo de Gobierno del PSOE
• La sentencia recoge que el hecho de que Gutiérrez no admitiese que ni siquiera se votase la enmienda del PP produjo “indefensión a los recurrentes”, con “clara vulneración del derecho de todos los eventuales votantes a participar en los asuntos públicos”
23, mayo, 2018.- La Justicia ha vuelto a condenar a la Diputación Provincial de Toledo, en este caso por una resolución del presidente socialista, Álvaro Gutiérrez, que el juzgado ha estimado que “no es conforme a derecho”, declarando su anulación y la condena en costas de la Institución Provincial, obligándole además a repetir el Pleno en el que Gutiérrez no quiso admitir una enmienda del Grupo Popular referida a la forma de reparto de subvenciones entre los municipios de la provincia.
Ha sido el Juzgado Contencioso Administrativo número 1 de Toledo el que ha dictado esta sentencia, por la que de nuevo se falla en contra de las decisiones de la Diputación de Toledo, concretamente se falla en contra de la decisión de Gutiérrez, de no admitir la Enmienda Parcial de Adicción presentada por el Grupo Popular de la Diputación de Toledo, respecto a la propuesta de aprobación de un expediente de modificación de créditos extraordinarios, durante el Pleno del 3 junio de 2016.
La propuesta del PP buscaba garantizar el reparto equitativo de los fondos y evitar el actual reparto partidista y sectario del Equipo de Gobierno del PSOE, para lo que proponía adicionar al texto un segundo apartado, que recogiera textualmente que el crédito extraordinario para el “Programa de Inversiones Municipales financieras sostenibles, por un importe de 3.312.560 euros, se distribuirá entre las subvenciones que legalmente soliciten los distintos municipios conforme a los mismos porcentajes últimamente acordados por la Corporación Provincial para el Plan Provincial de Cooperación de las obras y servicios, competencia municipal correspondiente a la anualidad 2016”.
Una vez comenzado el debate de la enmienda, y para evitar que se aprobase, el presidente de la Diputación no la admitió y ni siquiera la sometió a votación, pese a que los grupos Izquierda Unida y Ciudadanos no se posicionaron en contra de dicha inclusión, llegando incluso a decir el portavoz de IU, según consta en la sentencia, que “si me gustaría que tuviésemos un compromiso de este propio Pleno para tratar el reparto de estos planes”, mientras Ciudadanos señalaba que aprobaba la modificación de créditos a la espera de una “propuesta del equipo de gobierno en el reparto para que sea equitativo y justo”.
Es esta decisión del presidente socialista de la Diputación de Toledo, de no admitir la enmienda del PP, la que el Juzgado declara que no es conforme a derecho y, por tanto, la anula y ordena la retroacción del procedimiento, para que se proceda a una nueva Convocatoria del Pleno para la aprobación de la modificación del presupuesto, a fin de que se admita a trámite, se debata y se someta a votación la enmienda formulada.
La sentencia recoge que el hecho de que Gutiérrez no admitiese que ni siquiera se votase la enmienda del Grupo Popular, produjo “indefensión a los recurrentes, que vieron como quedaba excluida de la votación –que es el objeto de cualquier enmienda- con clara vulneración del derecho de todos los eventuales votantes a participar en los asuntos públicos, por la vía de inadmitir e impedir, en consecuencia, la votación sobre una enmienda propiamente dicha y presentada de acuerdo al procedimiento establecido”.
Desde el Grupo Popular de la Diputación de Toledo han lamentado que ya no sorprenden este tipo de actitudes del presidente socialista de la Institución Provincial, porque últimamente hemos visto como las mociones presentadas por el PP para votar en Pleno eran transformadas en Ruegos, para no proceder igualmente a su votación. Unas actitudes que ahora censura la justicia, en una nueva sentencia que quita la razón al Gobierno de la Diputación de Toledo y a su forma de actuar en la Institución.