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La Justicia condena al Ayuntamiento de Carranque a permitir grabar los plenos a los concejales de la oposición
Publicación: 16/01/2017
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La Justicia ha dado la razón a los concejales del Grupo Municipal Popular del Ayuntamiento de Carranque, condenando al Consistorio a permitir la grabación de los plenos a los concejales de la oposición, después de que, en las sesiones plenarias del 8 y el 25 de agosto, el alcalde, Javier Martín Manglano, obligara mediante órdenes e incluso usando a la Policía Local a apagar la videocámara que portaban los concejales del Partido Popular y sus compañeros para grabar el Pleno, con objeto de difundir los debates.

Una actitud del regidor municipal de Carranque, representante de la marca de Podemos en el municipio a través de “Vecinos por Carranque”, que ha persistido hasta la fecha, impidiendo a los concejales de la oposición grabar las sesiones Pleno tras Pleno.

Todo ello motivó que los concejales del Partido Popular de Carranque se vieran obligados a interponer, en septiembre de 2016, una demanda en los Juzgados Contencioso-Administrativos de Toledo, por vulneración de Derechos Fundamentales, pues los ediles del PP consideraron contrarias a la Constitución Española las prácticas despóticas del alcalde de Carranque.

Tras los trámites y las alegaciones del propio Ayuntamiento, el Magistrado-Juez titular del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 3 de Toledo, ha estimado la demanda de los concejales del PP, Dña. Amelia Guzmán, Dña. Susana Muñoz y D. Jorge Novillo, y ha dictado Sentencia con fecha 9 de enero de 2017 en la que ordena permitir las grabaciones de los Plenos por parte de estos concejales.

Una sentencia que da la razón a los concejales del PP

La Sentencia del Juzgado de Toledo se apoya en la reiterada conclusión del Tribunal Supremo español que consagra la obligación de permitir grabar los Plenos al público y los Concejales, por ello el Juez expresa literalmente en su Sentencia que: “Haciendo nuestros los razonamientos recogidos en la Sentencia trascrita, con los que motivamos la presente resolución judicial, debemos de concluir señalando que las decisiones de la Alcaldía del Ayuntamiento de Carranque por las que se prohibió la grabación de las sesiones de los Plenos celebrados los días 8-8-2016 y 25-8-2016, vulneraron el derecho fundamental a la información, reconocido en el artículo 20 de la Constitución española, y asimismo se infringió el derecho de participación política de los recurrentes, garantizado en el artículo 23 del mismo texto constitucional.”

El Partido Popular de Carranque ha lamentado que hayan tenido que acudir a la Justicia para defender derechos tan básicos como la participación política y la difusión de información.

Además, desde el PP de Carranque han criticado que el Partido Socialista, Izquierda Unida y los concejales tránsfugas de Ciudadanos del municipio hayan votado también en contra de una moción municipal del PP para que se permitiera grabar los Plenos a los concejales.

Actitudes del alcalde amparadas por el PSOE que dirige Álvaro Gutiérrez

En este sentido, han denunciado que todas estas situaciones intolerables no hubieran sucedido sin la complicidad del PSOE, por su apoyo como alcalde al único concejal de la marca de Podemos en Carranque, en contra de la voluntad popular expresada en las urnas por los ciudadanos de esta localidad, algo que desgraciadamente ya no sorprende en el partido que dirige Álvaro Gutiérrez en la provincia de Toledo, máximo responsable de este tipo de decisiones como secretario provincial del PSOE.

Para los populares, este hecho denunciado y reconocido por la Justicia, así como otros tantos que vienen sucediendo en el municipio, acreditan el grave error que supuso que, no sólo por parte del PSOE, sino también de los concejales tránsfugas de Ciudadanos, se apoyase para ser alcalde al único edil de Vecinos por Carranque, algo que tampoco es nada distinto a lo que ha hecho Ciudadanos, por ejemplo, en la Diputación Provincial de Toledo.

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