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La Justicia archiva el caso contra los concejales del Partido Popular de Carranque
Publicación: 26/06/2017
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El Juzgado de Instrucción número 6 de Illescas ha archivado la querella contra el ex alcalde del PP de Carranque, Marco Antonio Caballero, con carácter firme y definitivo mediante Auto del día 22 de junio de 2017, sin posibilidad de recurso alguno.

La Jueza tilda en su auto la denuncia de Alejandro Pompa Mingo como una “confabulación del ex alcalde” al no existir indicios de delito “siquiera indiciariamente” de irregularidad en la adjudicación del contrato de gestión del alumbrado público.

El ex alcalde del PP, la actual portavoz municipal, Amelia Guzmán, así como el resto de concejales que habían sido investigados, han mostrado su satisfacción tras un largo proceso en el que la justicia ha mostrado su inocencia ante una querella “insostenible” y de clara finalidad política.

El PP coincide en que la querella es una “confabulación política del PSOE”

El Partido Popular de Carranque, que siempre ha mostrado su tranquilidad en todo el transcurso de la investigación, coincide con las apreciaciones que se muestran en el auto, pues la querella fue efectivamente una mera “confabulación política del PSOE”, ante la rabieta del ex regidor Pompa Mingo porque el PP pusiera fin a sus 21 años de mandato.

Así, el PP ha recordado que en sus más de 20 años al frente de la alcaldía, el Ayuntamiento de Carranque alcanzó un nivel de endeudamiento de 10 millones de euros que “aún sufrimos las consecuencias” a pesar del trabajo realizado por Marco Antonio Caballero durante los 4 años de la legislatura 2011-2015.
Fue el exalcalde socialista de Carranque, Alejandro Pompa Mingo, quien interpuso unos meses antes de las elecciones del 2015, concretamente en diciembre de 2014, una querella por presunta prevaricación administrativa dirigida contra todos los concejales del Partido Popular que lideraban el Ayuntamiento en la pasada legislatura, acusándoles de presuntas ilegalidades en la adjudicación del contrato de la “Gestión Integral del Alumbrado Exterior” del municipio.

Esta querella dio lugar a la apertura de una investigación por parte del Juzgado de Instrucción Nº 6 de Illescas, a los concejales, técnicos municipales y miembros de la empresa adjudicataria del contrato “Elecnor SA”.

Una Iinvestigación de la que el Partido Socialista de la localidad dio amplia difusión en medios incluso señalando que la dimisión del ex alcalde del PP Marco Caballero al inicio de esta legislatura se debiera a tales motivos cuando en realidad fueran estrictas cuestiones personales y laborales.

La justicia archiva el caso definitivamente con fecha 22 de junio

Con el archivo definitivo y firme de esta investigación dictado mediante Auto de 22 de junio de 2017 se pone fin a todos los intentos del PSOE de Carranque y de su ex regidor municipal Alejandro Pompa Mingo, de usar la justicia en beneficio electoral.

Además el PP ha asegurado que resulta llamativo que la propia Juez exprese en su Auto de archivo provisional, que fue dictado un mes antes (el 11 de mayo de 2017) que “no ha quedado acreditado siquiera indiciariamente la existencia de la confabulación denunciada del entonces Alcalde con los representantes de Elecnor SA para obtener un beneficio de la licitación”.

El Partido Popular de Carranque quiere resaltar, por si cabía alguna duda, que tras la oportuna investigación, la Juez de Illescas concluye en su Auto Judicial que “De los documentos aportados se desprende que la empresa Elecnor obtuvo la mejor puntuación en la licitación pública del contrato para la gestión integral del alumbrado exterior según el Pliego de Cláusulas y Condiciones Técnicas, no evidenciándose ilícito alguno en su adjudicación en fecha 27 de diciembre de 2012 por el Pleno del Ayuntamiento, ni decisión administrativa manifiestamente injusta, habiendo recibido informes favorables de los responsables técnicos y jurídicos” y concluye el Auto expresando que “a modo de conclusión, no se advierte en los imputados ninguna conducta concreta constitutiva del tipo de injusto de prevaricación previsto en el Código Penal, ni de ninguno de los demás delitos denunciados”.

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